Áreas de práctica · Fiscal y administrativo
Una controversia fiscal se defiende con expediente, prueba y estrategia
Analizamos el acto, los antecedentes y las vías de defensa en coordinación con los asesores fiscales y contables cuando el asunto lo requiere.
Recursos administrativos · Juicio contencioso administrativo · Amparo en materia fiscal y administrativa · Atención de requerimientos y procedimientos de fiscalización · Coordinación jurídica en materialidad, presunciones y contingencias fiscales
Cuándo intervenimos
Situaciones frecuentes
01
Existe un crédito, multa, resolución o acto administrativo que debe revisarse para determinar la vía de defensa.
02
Está en una visita, revisión, requerimiento o procedimiento de fiscalización y necesita coordinar la respuesta jurídica con la evidencia de la operación.
03
Existe una presunción, restricción, procedimiento o contingencia fiscal que puede afectar la operación, la reputación o la defensa posterior.
Qué comprende
Alcance del servicio
Recursos administrativos y mecanismos de defensa ante la autoridad competente
Juicio contencioso administrativo ante tribunales competentes
Escritos, pruebas y estrategias de desvirtuación o aclaración según el procedimiento aplicable
Amparo, quejas y otros mecanismos de defensa cuando jurídicamente correspondan
La vía se elige después de revisar el acto, el expediente, los plazos, la prueba y el impacto que cada alternativa tiene para el cliente.
Cómo trabajamos
Del expediente a la estrategia
01
Revisión del acto y del plazo
Analizamos resolución, notificación, antecedentes y documentación técnica antes de recomendar una vía.
02
Elección de defensa
La estrategia puede involucrar recurso, juicio, amparo, aclaración, negociación institucional o una combinación de mecanismos, según el caso.
03
Prueba y seguimiento
Preparamos la argumentación, coordinamos la evidencia y damos seguimiento a la instancia contratada y a los medios de impugnación que correspondan.
Preguntas frecuentes
Lo que debe revisarse antes de decidir
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un acto fiscal o administrativo?
El plazo depende del acto, la autoridad, el procedimiento y la vía elegida. No debe calcularse de forma genérica: revisamos la resolución y la notificación antes de fijar una fecha límite.
¿Conviene agotar un recurso administrativo o acudir a juicio?
Depende de la naturaleza del vicio, la prueba disponible, el objetivo y los efectos de cada vía. La recomendación se formula con el expediente completo, no por una regla automática.
¿Se puede suspender o contener la ejecución mientras se defiende el asunto?
En algunos casos existen mecanismos de suspensión, garantía o defensa cautelar. Su procedencia, requisitos y costo dependen del acto y de la vía utilizada.
Siguiente paso
Cuéntenos qué autoridad intervino y qué documento recibió.
Atendemos de lunes a viernes, de 9:00 a 16:00. Escriba o llame al 55 6791 2014.
